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Modificaciones “Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales”

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Modificaciones “Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales”

Modificaciones “Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales”

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Por: Firma-e 15/10/2018 Categoría: Privacidad y Protección de Datos

Las recientes modificaciones en el nuevo proyecto de “Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías de los derechos digitales”, con fecha de este pasado martes 9 de Octubre, pueden suponer una transformación, no sólo en el panorama de la Información, sino también en la era digital que nos rodea, con el objetivo de armonizar y adecuar la legislación en materia de protección de datos al contenido del Reglamento General de Protección de Datos.

Las disposiciones del proyecto de LOPD se han visto ampliadas, y cobra especial importancia la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD) y los casos en los que será obligatorio su nombramiento.

El Proyecto especifica 16 supuestos en los que es preceptivo designar un DPD, ampliando el listado del RGPD (art.37). Entre otros casos, se deberá designar un DPD en las organizaciones tales como:

  • Centros docentes y universidades;
  • Las distribuidoras y comercializadores de energía eléctrica y los distribuidores y comercializadores de gas natural;
  • Los centros sanitarios legalmente obligados;
  • Los operadores que desarrollen actividades de juego, a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos;
  • Las empresas de seguridad privada; y
  • Las federaciones deportivas cuando traten datos de menores de edad.

Estos supuestos especialmente mencionados pueden llegar a recaer sobre PYMES o MicroPymes que han venido desarrollando dichas actividades y que, a partir de la entrada en vigor del nuevo proyecto de LOPD, tendrán que tener contratados los servicios de un DPD que se ocupe de atender todos los aspectos relativos a la normativa en protección de datos.

Por todo ello, cabe destacar la importancia que el Legislador ha otorgado a la figura del DPD, implementando la necesidad de su designación en gran parte de organizaciones del panorama nacional.

Desde Firma-e somos conscientes del cambio que supone para las organizaciones acotadas dentro de este Proyecto la implantación tanto de la figura del DPD, como de los elementos legales y técnicos asociados, facilitando para ello herramientas para la adecuación por parte de las organizaciones del mismo al RGPD y la futura normativa de aplicación.

Si tu organización quiere ampliar información, nuestro equipo de consultores puede ponerse en contacto contigo si deja sus datos en el formulario de contacto o dirigiéndose a nosotros en:

www.firma-e.com

Tlf. 968 931 812

firma-e@firma-e.com

Etiquetas:

DPD DPO LOPD Privacidad Protección de datos RGPD

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